domingo, 19 de agosto de 2012

equipo:melissa guizar,ana laura orozco viridiana centeno y jessica bucio























UNIVERSIDAD DE COLIMA

FACULTAD DE CONTABILIDAD Y ADMINISTRACION
LIC.EN ADMINISTRACION

UNIDAD I
 EL HOMBRE Y EL DERECHO

DERECHO I
M.en E. ENOC NELSON OCON GUTIERREZ

19/08/12


Equipo: 
Melissa Guizar
Ana Orozco
Jessica Bucio
Viridiana Centeno








EL HOMBRE Y EL DERECHO

IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DEL DERECHO
El derecho en un objeto de estudio que sirve para resolver los problemas sociales, por tal motivo es su importancia trascendental, hay que conocer sus raíces históricas ya que quien no las conozca no podrá dominar fácilmente esta ciencia.
El derecho tiene la finalidad de formar la conducta de manera positiva y va en constante cambio, esto quiere decir, que debe existir siempre una relación en la sociedad con lo jurídico, ya que es la guía para controlar la comunidad. El sistema jurídico debe cambiarse acorde con la evolución de la sociedad.
DIFERENTES ACEPCIONES DEL DERECHO
Primera Época: El Derecho se aplica a lo que es bueno y justo, a la relación de parentesco, y también, al lugar o sede donde se ejerce la jurisdicción (juzgado).  Digesto o pandectas: El Derecho implica: la ciencia o arte jurídicos, lo bueno y lo justo, el lugar o sede, el parentesco, y la acción y potestad o poder.
Corpus Iuris Civilis): El vocablo Derecho significó primero 'la cosa justa', luego se derivó a denominar el artecon que se discierne qué es lo justo', más tarde designó 'el lugar donde se otorga el Derecho', y finalmente es sinónimo de 'la Sentencia dada por aquel cuyo ministerio pertenece administrar justicia, aun cuando lo que resuelva sea inicuo o injusto'.
Santo Tomas de Aquino; En épocas posteriores, las distintas acepciones del Derecho se hallan recogidas en diversos autores de la Segunda Escolástica. Algunas de ellas son:
a)    Para VITORIA, son tres las acepciones:- Lo justo u objeto de la justicia.- El arte o ciencia del Derecho.- La Ley, que es la regla.
b)    SOTO, sólo acoge dos acepciones:- L o justo que es el objeto de la justicia.- La Ley.
c)    MOLINA; encuentra seis acepciones:- Lo justo.- La Ley.- El arte del Derecho.- La facultad o potestad (Derecho Subjetivo).- La Sentencia de los Jueces y Tribunales.- El lugar o sede.

WERNZ, AICHNER y SIPOS - GALOS dan dos acepciones:- La Ley o Derecho Objetivo.- La facultad moral o Derecho Subjetivo.
Para VAN HOVE, el término Derecho tiene tres acepciones:- En Sentido Objetivo: La cosa justa. En Sentido Subjetivo: La facultad moral inviolable.- En Sentido Normativo: La Ley o el conjunto de Leyes. Tratadistas del Derecho Natural: Según éstos, las distintas acepciones pueden agruparse en cuatro: Derecho es la facultad moral o Derecho Subjetivo - BENSA.- Derecho comprende la Ley y el Derecho Subjetivo - THOMASIO y BURLAMAQUI.- Derecho es la Ley, lo justo y el Derecho Subjetivo.- Derecho es lo justo u objeto de la justicia, el conjunto de Leyes, la ciencia del Derecho y el conjunto de preceptos coactivamente impuestos - ROTHE. Tratadistas del Derecho Natural, Filosofía del Derecho o Teoría General, más contemporáneos: Son muy pocos los que hablan acerca de las acepciones del término DERECHO, y sobre esto aluden:- Derecho es sinónimo de Ley y Derecho Subjetivo.- Derecho comprende la norma, el Derecho Subjetivo y la ciencia - LEGAZ.- Derecho es lo justo, la norma o Ley ( Derecho Objetivo), y el Derecho Subjetivo - CATHREIN.- Derecho comprende a la Ley o norma, al Derecho Subjetivo, en sentido Fiscal es sinónimo de impuesto, y en sentido Idealista el Derecho está representado por la idea de justicia - DUPASQUIER.- Derecho es norma o conjunto de normas , facultad o Derecho Subjetivo, ciencia , y valor ideal de justicia. En síntesis, para los Escolásticos el Derecho implica un concepto analógico, que depende delas distintas concepciones filosóficas. Para los Subjetivistas o Personalistas, el Derecho es fundamentalmente.

QUE ES DERECHO
La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.
El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio  para todos los ciudadanos.
El derecho subjetivo, en cambio, es la facultad propia de un sujeto para realizar o no una cierta conducta. Se trata de la potestad que el hombre tiene, en conformidad con una norma jurídica, para desarrollar su propia actividad frente a otro.

EL DERECHO COMO UN SISTEMA DE NORMAS
- Heteronomía. El Derecho es establecido por otro, una autoridad, organismo o institución, denominada en general legislador.
- Bilateralidad. Un sujeto distinto al afectado está facultado para exigir el cumplimiento de la norma. Por ello se le otorga la cualidad "imperativo atributivo”: Imperativo porque impone un deber de conducta (por ejemplo, pagar impuestos); atributivo porque faculta a una persona distinta del obligado para exigir el cumplimiento de este imperativo.
- Alteridad. El Derecho y las normas jurídicas que lo forman se refieren siempre a la relación de un individuo con otros.
- Coercibilidad, que supone la legítima posibilidad de utilizar la fuerza socialmente organizada en caso de exigir el cumplimiento de éste o de aplicar la sanción correspondiente al violar el Derecho.

EL DERECHO COMO ORDEN JURIDICO INSTITUCIONALIZADO
El Derecho es el conjunto de reglas de convivencia y el Ordenamiento Jurídico es el conjunto de leyes dictadas por el Estado para que se cumplan las reglas de convivencia o Derecho.
Las reglas del Derecho son de naturaleza abstracta, las reglas del Ordenamiento Jurídico son de naturaleza concreta. Por esta cualidad el Ordenamiento Jurídico es objeto de estudio de la Ciencia del Derecho que es conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento de Derecho positivo y del ordenamiento jurídico, conocimientos de los que, sistemáticamente estructurados, se deducen principios y leyes generales.
Caracteres Del Ordenamiento Jurídico
La autonomía. Significa éste carácter que, cada Estado dicta leyes para garantizar las reglas de convivencia social, es decir el Estado por voluntad propia y soberana emite un Ordenamiento Jurídico para que los diferentes “conjuntos de reglas de convivencia” (Derechos) de cada nación (Pluralismo jurídico) que conformen un Estado sean cumplidas
La exclusividad. La exclusividad significa que, en un espacio y tiempo sólo hay un Ordenamiento Jurídico.
Atribuciones Del Ordenamiento Jurídico
Soberanía. Significa que el OJ está por encima de las reglas de convivencia porque es emitida por el Estado.
General. El OJ expresa que todos los miembros de una sociedad están obligados a cumplir las reglas de convivencia.

 
                                         
CUESTIONARIO
1.       ¿DE DONDE PROVIENE LA PALABRA DERECHO?
Del termino latino DIRECTUM.


2.       ¿EN QUE SE INSPIRA EL DERECHO?
En postulados de justicia y constituyen el orden normativo e institucional.

3.       ¿CUÁL ES LA BASE DEL DERECHO?
Son las relaciones sociales las cuales determinan el contenido y carácter.

4.       ¿QUÉ ES DERECHO?
Es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el ceno de una sociedad.


5.       ¿QUIÉN CONFORMA EL DERECHO EFECTIVO?
Las leyes normativas, reglamentos y resoluciones.


6.       ¿QUÉ ES EL DERECHO SUBJETIVO?
Es la facultad propia de un sujeto para realizar o no una cierta conducta.

7.       ¿DE QUE TRATA EL DERECHO SUBJETIVO?
De la potestad que el hombre tiene en conformidad con una norma jurídica para desarrollar su propia actividad frente a otro.
                                            
REPORTE
En suma, el Derecho es el conjunto de reglas de convivencia y el Ordenamiento Jurídico es el conjunto de leyes dictadas por el Estado para que se cumplan las reglas de convivencia o Derecho.
Las reglas del Derecho son de naturaleza abstracta, las reglas del Ordenamiento Jurídico son de naturaleza concreta. Por esta cualidad el Ordenamiento Jurídico es objeto de estudio de la Ciencia del Derecho que es conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento de Derecho positivo y del ordenamiento jurídico, conocimientos de los que, sistemáticamente estructurados, se deducen principios y leyes generales. El ordenamiento jurídico es una realidad orgánica, es decir, no es un nuevo conjunto de normas sino que también son las formas de elaboración, desarrollo, aplicación y enjuiciamiento.
El ordenamiento jurídico se caracteriza por la estatalidad de las normas, ya que éstas son dictadas por los órganos a los que la constitución atribuye potestad normativa.
Otra característica es la unidad formal del ordenamiento jurídico, es decir, cada tipo de norma en función de su fuente de producción va a ser igual a las que siguen su misma forma aunque el contenido sea distinto.
Otra característica del ordenamiento fiscal es que es el resultado de la armonización de dos o tres órdenes normativos: En el caso del Estado Español: ordenamiento estatal, ordenamiento autonómico y ordenamiento comunitario. En el caso de estados federales como Estados Unidos, Brasil, Argentina, México o Canadá: ordenamiento jurídico federal y ordenamientos jurídicos de las entidades federativas.
No se debe confundir el ordenamiento jurídico con el orden jurídico , que se traduce en el conjunto de normas que rigen una determinada área del ordenamiento jurídico. La relación en conceptos es de género a especie.
Pero el ser humano no se remite a su espontánea observancia, hecho que hace necesaria la existencia de un ente que garantice el cumplimiento de esas reglas, inclusive coercitivamente. Ese ente es el Estado, que crea instituciones y órganos a través de leyes para el cumplimiento de las reglas puestas o positivas de convivencia social. Por eso ese conjunto de leyes dictadas por voluntad estatal para garantizar las reglas de convivencia social se llama Ordenamiento Jurídico.

 
Bibliografía

http://jorgemachicado.blogspot.mx/2009/05/oj.html


NOTA: Maestro la linea del tiempo al subirla al blog no muestra las imagenes,asi que se la mandamos a su correo..por su comprencion .Gracias...

No hay comentarios:

Publicar un comentario